Sociedad.

Cañada de Gómez

Cañada habilita nuevas prestaciones y servicios en el marco de la cuarentena

Entre otras habilita a las obras privadas, talleres mecánicos, lavaderos y cobranzas a domicilio

01-05-2020

se incorporan como actividades autorizadas las siguientes: a) obras privadas, con no más de cinco (5) trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el lugar, y siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento; b) actividades de cobranza a domicilio, cumplimentando el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón, tanto el que efectúa el cobro como el que efectúa el pago; c) talleres mecánicos, lavaderos y servicios de mantenimiento y reparación de automóviles y motovehículos, con turno previo de entrega y retiro de las unidades, con no más de tres (3), personas desarrollando tareas simultáneamente en el lugar. Por otro lado se adhirió a la resolución nº 611 del Ministerio de Salud de Santa Fe, autorizando el funcionamiento de las siguientes actividades a) Con atención programada de carácter preventivo y/o para el seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo y sujeto a los protocolos establecidos: Médicos: todas las especialidades reconocidas por el Colegio de Médicos de la Provincia de Santa Fe; Odontólogos; Bioquímicos; Farmacéuticos: En el marco de la apertura actual de farmacias y de su trabajo dentro de las instituciones médicas; Kinesiólogos; Terapistas ocupacionales; Fisioterapeutas; Técnicos Radiólogos; Técnicos Ópticos: En el marco de la apertura autorizada de ópticas; Veterinarios: En el marco de la apertura autorizada de las Veterinarias (casos de urgencia y crónicos con turno previo); Fonoaudiólogos; b) Con modalidad no presencial, mediante plataforma virtual, salvo urgencias que requerirán consultas en el nosocomio pertinente: Psicólogos; Psicopedagogos; Nutricionistas. En el marco de las excepciones establecidas las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.

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