Sociedad.

Marcos Juárez

Marcos Juárez adaptó las restricciones provinciales

Prohibida la circulación de 23 a 6 hs sin fines justificables, suspendidas las juntadas de más de 10 personas y eventos deportivos, salones de eventos con el 30% de su capacidad.

04-05-2021

DECRETO Nº 100

La Municipalidad de Marcos Juárez firmó el acta de fecha 30 de Abril de 2021, elaborada por el Gobierno de la Provincia y demás municipios y comunas, en la que se acordó mantener las medidas dispuestas en el acta de fecha 08/04/2021, (Decretos 080/21 y 090/21) con algunas modificaciones y especificaciones, las cuales tendrán vigencia desde el 03/05/2021 hasta el 21/05/2021 inclusive.

Art. 1) Autorizase la circulación de personas que tengan fines justificados entre las 23:00hs y las 6:00hs. de domingo a jueves y de 00:00 hs. a 6:00 hs. para viernes, sábados y feriados. 

Las actividades comerciales, sociales, culturales y/o religiosas deberán realizarse en la franja horaria autorizada para circulación, quedando exceptuadas las actividades esenciales de salud, industrias y expendio del combustibles.

Art. 2) Quedan suspendidas las actividades y reuniones sociales y/o familiares de más de diez (10) personas en domicilios particulares.

Art.3) Las actividades escolares se mantendrán sin modificaciones, debiendo extremar las autoridades de la comunidad educativa el estricto cumplimiento de los protocolos vigentes. La Municipalidad se compromete a reforzar el cumplimiento de los mismos en la actividad peri-escolar

Art. 4) Los bares y restaurantes, deberán ajustar sus horarios de funcionamiento a la franja horaria establecida en el Art.1. Continúan susp las presentaciones artísticas en vivo.

Art.6) Los salones de eventos, espectáculos y/o de culto continúan bajo cumplimiento estricto de los protocolos vigentes, cumpliendo las restricciones horarias y podrán tener un aforo máximo del 30% de la capacidad habilitada, no superando en ningún caso, el máximo de doscientas (200) personas.

Art.7) Suspender las competencias y/o eventos deportivos de todo tipo.

Art.8) Comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.

LIC. VERONICA R. CRESCENTE Secretaria Gral. De Servicios MUNICIPALIDAD DE MACOS JUÁREZ

VILMA SIGAUDO ABOGADA (Mat. 13-169) SEC. ASUNTOS JURÍDICOS ASESORA LETRADA

ING. PEDRO G. DELLAROSSA, INTENDENTE MUNICIPAL

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